En estos dos asuntos resueltos el mismo día, unos particulares se beneficiaron de un procedimiento de sobreendeudamiento, en virtud del cual se condonaron sus deudas tras un período de reprogramación de 24 meses. Se planteaba la cuestión de si esta condonación de deudas estaba condicionada a la venta de los bienes de los particulares. Los dos Tribunales de Apelación dieron soluciones diferentes.
La solución del Tribunal de Casación
En una serie de sentencias muy razonadas, la Cour de Cassation (Tribunal Supremo francés) ha confirmado que las condonaciones de deudas están sujetas a la venta de bienes inmuebles, con una excepción si el inmueble es la residencia principal del deudor y éste se encuentra en una situación de clara incapacidad para hacer frente al coste del realojamiento. La Cour de Cassation también ha dictaminado que las condonaciones de deudas están sujetas a la venta de bienes inmuebles, con una excepción si el inmueble es la residencia principal del deudor y éste se encuentra en una situación de clara incapacidad para hacer frente al coste del realojamiento.
Fundamentos jurídicos
Estas decisiones se basan en :
- Artículo 2284 del Código Civil según el cual toda persona que haya contraído un compromiso personal está obligada a cumplirlo sobre todos sus bienes muebles e inmuebles ;
- Artículos L.733-1, L.733-3, L.733-4, L.733-7, L.733-13 del Código de Consumo, en los que se exponen las medidas disponibles en el marco del procedimiento de sobreendeudamiento.